SINGNIFICADO
La preocupación central de una democracia auténtica
consiste en garantizar que todos los miembros de la
sociedad tengan una posibilidad real e igual de participar en
las decisiones colectivas. Así, cuando nuestra Constitución
establece desde su primer artículo que Colombia es una
República democrática y participativa, está asumido el reto y
el compromiso de promover la participación ciudadana en
todos los espacios de la vida social.
Garantías
Los mecanismos brindan las siguientes garantías:
-Votar de manera privada
-Militarizar zonas para brindar seguridad a los participantes
de votaciones, huelgas, paros, manifestaciones etc.
-Mostrar su inconformidad o apatía frente a un partido
político o a un dirigente.
-Garantizar que las leyes se cumplan por parte del
Gobierno.
Beneficios
-Teóricamente, los beneficios que adquiere el pueblo por
hacer uso de los mecanismos de participación se ven
reflejados en:
-La respuesta efectiva y obligatoria por parte de los entes
del gobierno
-El establecimiento de una relación más directa entre el
Gobierno y el pueblo. Por ejemplo, los mecanismos de
participación le dan la posibilidad a los votantes de fiscalizar
si el Gobierno está cumpliendo el programa que presentó
durante la campaña y por el cual fue elegido por la mayoría.
-Beneficios menores, como aquellos que se les ofrece a los
votantes por su sufragio, reflejados en rebajas del precio en
las pensiones, rebajas de tiempo en el servicio militar
obligatorio, días libres de trabajo, etc.
-Todos estos beneficios y garantías se brindan para que la
gente no se ausente del mundo político del país; es decir,
para que, por medio de su participación a través de estos
mecanismos, esté al tanto de las decisiones estatales que
afectan sus vidas de forma positiva o negativa.
Mecanismos de participación política
El voto: herramienta mediante la cual el ciudadano
colombiano elige de manera activa a las personas que
considera idóneas para su representación en las
instituciones del gobierno (Presidencia, vice-presidencia,
Cámara de representantes, Senado, Alcaldías,
Gobernaciones, Concejos distritales y municipales, Alcaldías
locales).
El plebiscito: herramienta utilizada por el Presidente de la
República para refrendar una decisión con la opinión del
pueblo. El Presidente anuncia el uso del plebiscito y los
ciudadanos votan para apoyar o rechazar la decisión puesta
en cuestión.
El referendo: herramienta utilizada para convocar a los
ciudadanos a la aprobación o al rechazo de un proyecto de
ley o una norma jurídica vigente. El referendo puede ser
nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
El referendo: Derogatorio y Aprobatorio, herramienta
mediante la cual se pone a consideración de la ciudadanía
la derogación o aprobación de una ley, una ordenanza, un
acuerdo o una resolución local.
La consulta popular: herramienta mediante la cual se
plantea una pregunta de carácter general sobre un asunto
de trascendencia nacional, departamental, municipal,
distrital o local, por parte del Presidente de la República, el
Gobernador o el Alcalde, para que los ciudadanos se
pronuncien al respecto. Este mecanismo puede ser utilizado
para convocar una Asamble Constituyente: con el fin de
someter a consideración popular las decisiones allí
establecidas.
El cabildo abierto: es la reunión pública de los concejos
distritales, municipales y de las juntas administradoras
locales (JAL), con el objetivo de que los habitantes puedan
participar directamente en la discusión de asuntos de interés
para comunidades.
La Iniciativa Popular: es el derecho político de un grupo de
ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto
legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el
Congreso de la República, de ordenanza ante las
Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos
Municipales o Distritales y de resolución ante las Juntas
Administradores Locales (JAL), y demás resoluciones de las
corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con
las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean
debatidos y posteriormente aprobados, modificados o
negados por la corporación pública correspondiente.
La Revocatoria del Mandato: es un derecho político por
medio del cual los ciudadanos dan por terminado el
mandato que le han conferido a un Gobernador o a un
Alcalde.
La tutela es el mecanismo: creado en el artículo 86 de la
Constitución de 1991, mediante el cual toda persona puede
reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus
derechos constitucionales fundamentales, cuando estos
resultan vulnerados o amenazados por la acción o la
omisión de cualquier autoridad publica.